Retirada de amianto y la nueva ley de residuos en España: objetivo cero amianto

El abril de 2022 entró en vigor la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En esta ley se establecen nuevas normativas que afectan a diversos sectores y especialmente a la construcción, en lo que se refiere a residuos. En su disposición adicional decimocuarta habla específicamente del amianto. Os lo explicamos de forma sencilla.

 

La retirada de los MCA, ya era obligatoria en España siempre que estuviera en mal estado o en el caso de la construcción, también en caso de rehabilitación. Además, la normativa legal dejaba muy claro que únicamente algunas empresas especializadas pueden retirarlo con seguridad y también que la retirada de este material debía estar contemplada siempre en los presupuestos de rehabilitación.

Ya sabemos que en mucha ocasiones no es así pese a las altas sanciones que se contemplan. También os hemos explicado que existe una normativa europea que dice que en 2032 no debe quedar amianto en nuestras vidas, es decir, que Europa será una región cero amianto.

Esto es así puesto que está demostrado que la exposición al amianto (directa o indirecta) causa gravísimos problemas de salud y es un residuo particularmente tóxico.

Recientemente ha entrado en vigor la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular. En ella, hay una disposición específica para el amianto que acelerará la eliminación del mismo en nuestro país y evitará que la normativa europea quede en papel mojado.

Esta disposición deja claro que antes de finalizar el mes de abril de 2023 los ayuntamientos de  todo el país han debido elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Este censo tendrá carácter público y debe ser enviado a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas, las cuales deberán inspeccionar para verificar, respectivamente, que se han retirado y enviado a un gestor autorizado.

Es decir, antes de mayo de 2023 los ayuntamientos deben tener localizado el amianto de cada ciudad y también un calendario de cuando debe estar retirado. Para ello, lo lógico es que se realice un diagnóstico previo por parte de especialistas que puedan detallar su grado de peligrosidad y exposición para establecer la prioridad en su retirada.

Como vemos, en un año, nuestros ayuntamientos deben ponerse las pilas ya que se calcula que más del 90% de las edificaciones anteriores a 2004, que no hayan sido rehabilitadas, tienen amianto. Y que el 60% de las tuberías de agua de nuestras ciudades son de fibrocemento.

La ley también establece que las instalaciones o emplazamientos de carácter público con mayor riesgo deberán estar gestionadas antes de 2028. Es decir, que las administraciones públicas son las primeras que deben dar ejemplo y retirarlo.

¿Y los particulares? La ley afecta por igual a instalaciones de propiedad pública o privada.

Los propietarios de una edificación son responsables del buen estado de la misma y de su mantenimiento y este caso es lo mismo. Lo que es verdad es que, atendiendo al estado del MCA, su peligrosidad y su nivel de exposición tendremos un plazo u otro para eliminarlo.

Eliminar de forma legal el MCA no debe ser visto como un gasto. Es una inversión que hace que la propiedad sea más saludable y que puede aumentar su valor. De hecho, una finca con el suelo contaminado (y el amianto es un gran contaminante) pierde gran parte de su valor. Además, las administraciones han puesto en marcha líneas de ayuda para rehabilitación de edificios que nos ayudarán a la hora de afrontar la rehabilitación.

Si quieres adelantarte al censo público y localizar de forma segura y profesional el MCA de tu edificación o eliminarlo de forma legal, contacta con nosotros en info@arizonygracia.com y nuestra especialista en amianto Lorena Orduna te resolverá todas las dudas que puedas tener al respecto.